La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró que las personas menores de edad pueden modificar su identidad autopercibida en su acta de nacimiento.
Resolvieron así la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la disposición emitida por el gobierno de Puebla el pasado 26 de marzo de 2021.
Luego de este resolutivo, las y los menores de edad podrán acudir al Registro Civil a hacer el cambio sin necesidad que se sometan a algún procedimiento médico para la conversión de género.
“Para muchos la identidad de género es una experiencia tan sencilla como respirar, para las infancias trans representa un obstáculo”, señaló el ministro presidente Arturo Zaldívar.