El pasado domingo 13 de febrero se notificó a través del Congreso del Estado de Puebla que existía una denuncia por violencia familiar en contra del ex titular de la ASE, ya que presuntamente violentaba gravemente a su esposa e hijo con autismo. Por lo cual Romero Serrano interpuso un amparo.
Sin embargo, con base con el nuevo resolutivo de la autoridad judicial y que viene fechado con el 16 de febrero, se establece que Romero Serrano tramitó mal su intento de amparo. El mismo expediente 161/2022 refiere que antes de un amparo, Romero Serrano, tuvo que apelar el dictamen del 13 de febrero, pero lamentablemente no fue así.
“Ley de Amparo; por tanto, atento a lo expuesto a lo largo de este acuerdo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 113 de la ley de la materia, lo procedente es desechar de plano la demanda de derechos fundamentales por notoriamente improcedente. Al respecto, conviene citar la jurisprudencia I.13o.A. J/6, sustentada por el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, que señala: DEMANDA DE AMPARO. DEBE DESECHARSE DE PLANO SI SE ADVIERTE UN MOTIVO MANIFIESTO DE IMPROCEDENCIA, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 145 DE LA LEY DE AMPARO” detalla el oficio.