Ley contra Feminicidios de Zaldívar y SCJN - El Observadordel Centro
Martes, 12 Julio 2022 12:47

Ley contra Feminicidios de Zaldívar y SCJN

Por Laura Liliam García López

El feminicidio se define como el homicidio intencional contra las mujeres y el final extremo de un continuum de violencia de género y la manifestación más brutal de una sociedad patriarcal, machista y misógina, que expresa esa violencia y discriminación con la extinción de las vidas de las mujeres. El conteo de feminicidios es un desafío, los registros estadísticos no son precisos a nivel global, pero una mujer es asesinada cada dos horas en América Latina y 11 mujeres son víctimas de Feminicidio en México cada día.

 

Los feminicidios han sido naturalizados y legitimados por la ciudadanía y los gobiernos, presenciamos la cultura de la violencia y del odio hacia las mujeres y la ideología de una estructura social de subordinación para las mujeres que justifica el ejercicio de los feminicidios, por lo que resulta fundamental crear acciones legislativas, públicas e integrales de prevención y atención que protejan los derechos de las mujeres para eliminar la violencia de género.  

 

La tipificación del feminicidio, esta legislado en el sistema penal como “la muerte violenta de las mujeres por razones de género y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas”, en el Código Penal Federal está tipificado en el artículo 325 y también en los códigos penales estatales, en los que existen penas y sanciones diferentes. Por lo que es importante realizar la homologación del delito de feminicidio para que en los 32 estados se establezcan criterios jurídicos y se equipare la penalidad en la misma medida.

 

La violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, es decir, en la posición de subordinación, marginalidad y riesgo social, por lo que el aumento de feminicidios en México es un problema de violencia y de desigualdad social, que tiene que ser atendida de inmediato por el estado y las autoridades judiciales. La Ley de Feminicidio de la SCJN, presentada por el ministro Arturo Zaldívar, pretende homologar estos criterios penales y que el feminicidio sea un delito federal, sin prescripción, ni reducción de penas.

 

El ministro Arturo Zaldívar presidente de la SCJN, presentó en el Senado en días pasados un proyecto de Iniciativa de Ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar el feminicidio, el cual ha motivado diferentes posturas en pro y en contra de legisladoras (es), activistas, colectivos, académicos y juristas. La propuesta de la SCJN, es una reforma constitucional que propone modificar el artículo 73 de la constitución mexicana, para homologar la tipificación del feminicidio en el país, en el que se prohíba a las autoridades negociar criterios de oportunidad contra los imputados y que no se les otorgue el beneficio de conmutación o reducción de penas a los sentenciados por este delito, lo cual son acciones afirmativas para una justicia de género.

 

La nueva redacción del artículo 73 constitucional propuesta en la Ley contra los Feminicidios de la SCJN, quedaría de la siguiente forma “Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de feminicidio y delitos vinculados, secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral”. 

 

La Ley en contra de los Feminicidios del ministro Zaldívar, propone un nuevo marco normativo en el que el tipo penal del feminicidio quede vinculado a la observancia federal, para su prevención, investigación, persecución, juzgamiento, sanción y reparación a las víctimas, en coordinación con los estados donde se cometa el delito de feminicidio, homologando las penas de 40 a 60 años de prisión y multa de 500 a 1000 días de salario.

 

Otro punto que destacar de la propuesta de la Ley de Feminicidios de Zaldívar, es la creación del Registro Nacional de Feminicidios, Protocolo nacional de investigación de feminicidio, creación del Banco genético confidencial de mujeres y niñas, campañas de sensibilización contra la violencia de género, sanciones por filtraciones de información para instituciones judiciales, servidores públicos y medios de comunicación, así como la creación del concepto de “revictimización institucional”.

 

 

La Ley contra Feminicidios de la SCJN, sin duda propone homologar el tipo penal del feminicidio para que este delito se investigue, persiga, sancione y repare, en el que busca incorporar a todos los estados para que en los congresos locales se legisle con las mismas penas y sanciones el delito del feminicidio, y se tenga un criterio jurídico homologado.

 

 

Para extinguir a los feminicidios en México, no solo hace falta homologar en una nueva Ley contra los Feminicidios los 33 tipos penales del feminicidio distintos que han en nuestra legislación – uno en el código penal federal y 32 en códigos penales estatales – sino que además el poder judicial tiene que instruir a las autoridades que imparten y administran justicia a juzgar con perspectiva de género en todos los delitos de violencia de género.

 

 

La propuesta de la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el feminicidio, presentada por Zaldívar, deja fuera la armonización con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida sin violencia, por lo que de ser aprobada tendría que reformarse para que se establezca un tipo penal modelo del feminicidio y violencia feminicida y se agreguen todas las circunstancias y a su vez, hacer las adecuaciones legislativas en las leyes de acceso a las mujeres en los estados.

 

 

En la Agenda de género, sin duda esta pendiente la homologación del delito del feminicidio, la propuesta de Ley contra los feminicidios del ministro Zaldívar, es oportuna y estratégica ante la emergencia de la ola de violencia contra las mujeres que hay en el país. Visibilizar los feminicidios, no solo debe de quedar como una buena intención de la SCJN al presentar esta Ley, sino que tiene que comprometerse para su aprobación, publicación, actuación y armonización legislativa en los congresos de los estados.

 

Las mujeres hoy exigimos una verdadera justicia ante una autoridad que no investiga con perspectiva de género y que representa una cadena de impunidad y corrupción ante los delitos de género y feminicidios. La violencia feminicida tiene que ser atendida por las autoridades judiciales, la Ley contra Feminicidios de Zaldívar y la SCJN responde al llamado del activismo feminista “Ni una muerta más, ni una menos”.

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