Esta medida contempla todos los establecimientos comerciales que se encuentren en el municipio, incluidas las 17 juntas auxiliares. Quienes no acaten las disposiciones podrían hacerse acreedores a multas que van desde los ocho y hasta los 80 mil pesos, dependiendo del tipo de establecimiento.
Previamente, la Secretaría General de Gobierno (SGG) comunicó a los 217 ayuntamientos del estado la necesidad de acatarse al artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que establece la prohibición de venta de bebidas embriagantes por un periodo de dos días en el marco de las votaciones.